Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de marzo del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Doble tt con punto en isologo y modificación en la forma de escriturade la marca con doble tt de la palabra tryhard (intentarlo fuerte) junto con el punto final a la altura media de la palabra.
Expediente: M-4238630
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 7782919
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4238630
Fecha de resolución: 26/02/2024
Irregularidades: 1º- Los diferentes productos deben estar separados por el signos de puntuación punto y coma ";". 2º- La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: - "Botellas" pertenece a la clase 21.3º- La lista de productos y servicios contiene productos y/ o servicios clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: - "Tazas" pertenece a la clase 21.4º- La lista de prod uctos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y clasificados incorrectamente (art. 12 .3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: - "Bolsas deportivas" debe quedar definido como "bolsas de deporte" y pertenece a la clase 18.5º- La lis ta de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: - "mochilas " pertenece a la clase 18.6º- La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicio s clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: - "toallas" pertenece a la clase 24.7º- La lista de productos y s ervicios contiene productos y/o servicios definidos y clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: - "Carcasas para m óviles" debe quedar definido como "fundas para teléfonos móviles" y pertenece a la clase 09.Deb e aportar un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por ca da nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitu d respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa