Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo DIGAFOOD, bajo la titularidad de HEYDIGA TECH SL.
Expediente: M-4346297
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9015813
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4346297
Fecha de resolución: 10/02/2026
Irregularidades: Los productos/servicios de la lista de productos y servicios adolecen de falta de claridad y precisi ón (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento) En concret o:CLASE 09: -"asistentes virtuales y agentes conversacionales basados en IA; interfaces de pro gramación de aplicaciones (API) para la integración de asistentes de voz en plataformas de terceros" , SON IMPRECISOS. Pueden redefinirse como: SOFTWARE DE ASISTENTE VIRTUAL Y DE AGENTE CONVERSACIO NAL BASADO EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL; SOFTWARE PARA SU USO COMO UNA INTERFAZ DE PROGRAMACIÓN DE APL ICACIONES (API) PARA LA INTEGRACIÓN DE ASISTENTES DE VOZ EN PLATAFORMAS DE TERCEROSCLASE 38: -"servicios de comunicación por voz sobre IP (VoIP)" es impreciso. Puede redefinirse como: SERV ICIOS DE COMUNICACIÓN MEDIANTE PROTOCOLO DE TRANSMISIÓN DE LA VOZ POR INTERNET (VOIP)-"chat au tomatizado" ES IMPRECISO, Puede redefinirse como: SALAS DE CHAT AUTOMATIZADO -"provisión de plataformas de comunicación entre usuarios y asistentes de voz", ES IMPRECISO. Puede redefinirse como: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES MEDIANTE PLATAFORMAS DE INTERNET CON ASISTENTES DE VOZ PAR A LA COMUNICACIÓN ENTRE USUARIOSApórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respec to a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramient a CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inici o.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUB SANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTAB LECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCA S