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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo dhamico.


Suspenso de fondo de marca

dhamico

Expediente:  M-4328543

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para la clase solicitada, en la prohibición del art. 5.1.f) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que sean contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres.En concreto, la marca solicitada se halla incursa, para la clase solicitada, en la prohibición del artículo 5.1.f) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al ser contraria a la Ley,concretamente al art. 53 del Convenio de Ginebra de 1949, uso del emblema de la Cruz Roja, y al art. 4.2 del Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, por el que establecen las normas de ordenación de laCruz Roja Española.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado 02) POR OPOSICION BASADA EN:- Articulo 5.1. f),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

Identificado de publicación:  9358456

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4328543

Fecha de resolución:  21/07/2026

Clases:  05

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 28/07/2026 Tomo: 1 Anuncio:9358456 

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