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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 14 de mayo del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo descubriendoespanha.


Suspenso de fondo de marca

descubriendoespanha

Expediente:  N-0459719

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  7916210

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0459719

Fecha de resolución:  07/05/2024

Clases:  41

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades de la clase 41 para las que se solicita, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo, toda vez que la denominación "DESCUBRIENDOESPANHA" se considera de uso común para el ámbito aplicativo que pretende proteger el nombre comercial, especialmente en el ámbito cultural y educativo. A pesar de que el término "ESPANHA" aparezca en portugués, se considera fácilmente comprensible por el público español, dada su similitud con el castellano. Consecuentemente, se considera que el nombre comercial no cumple con su funcióndiferenciadora, identificando a la empresa solicitante en el tráfico mercantil y distinguiéndola deotras empresas que desarrollan actividades idénticas o similares. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar el destino de las actividades de la clase 41 para los que se solicita el presente nombre comercial, toda vez que la denominación "DESCUBRIENDOESPANHA" indica el objeto de los servicios cuya protección pretende el nombre comercial, especialmente en el ámbito cultural y educativo. A pesar de que el término "ESPANHA" aparezcaen portugués, se considera fácilmente comprensible por el público español, dada su similitud con elcastellano. Consecuentemente, se considera que el nombre comercial está formado por términos descriptivos sobre los que no cabe el establecimiento de derechos de utilización exclusiva, debiendo quedar a disposición de todos los competidores del sector

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 14/05/2024 Tomo: 1 Anuncio:7916210 

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