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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 30 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Descarboniza Arquitectura.


Solicitud de marca suspendida

Descarboniza Arquitectura

Expediente:  M-4325275

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8759498

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4325275

Fecha de resolución:  23/09/2025

Irregularidades:  1.Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" SÓLO los correspondientes apellidos y en la casilla "N OMBRE" SÓLO el nombre del solicitante.2.Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transc ribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo. En el pres ente caso, debe aparecer únicamente "C".3.El apartado "DESCRIPCIÓN" es de cumplimentación facultativa o voluntaria. En caso de indicar una descripción ésta debe limitarse EXCLUSIVAMENTE a de finir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Regl amento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Al ser voluntaria, no es neces aria su cumplimentación. NOTA: la descripción no se corresponde con el distintivo aportado. 4.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art . 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-" gestión de plataformas y directorios digitales" puede quedar definido como "gestión administrativa d e plataformas y directorios digitales".Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los tér minos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servic ios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE S USPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 30/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8759498 

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