Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Del Bosque a tu Casa.
Expediente: M-4355020
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9089647
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4355020
Fecha de resolución: 12/03/2026
Irregularidades: 1.- Debe cumplimentar el apartado "DENOMINACIÓN SOCIAL" indicando el tipo de entidad (fundación/Asoc iación) junto a la denominación social.2.- Debe aportar el poder acreditativo de la representaci ón con la que actúa. En caso de no subsanar este defecto, continuará la tramitación eliminándose la representación y continuando el procedimiento con el solicitante.3.- La lista de productos y ser vicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 01:"1 Productos silvestres, 2 productos agroforestales 3 productos ecológicos" es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios inclui dos en la misma de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificaci ón Armonizada, eliminando de la lista los elementos que no sean los servicios concretos que desea s olicitar (los números), y separando cada uno de estos productos con un punto y coma. Clase 03: "1 abonos 2 decoraciones 3 hidrolatos 4 infusiones" es impreciso, debe revisar los productos y/o ser vicios incluidos en la misma de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a l a Clasificación Armonizada, eliminando de la lista los elementos que no sean los servicios concreto s que desea solicitar (los números) y separando cada uno de estos productos con un punto y coma. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios af ectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicament e. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/ s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como conte stación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el sus penso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas