Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de enero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo DEHESA EL AGUILA.
Expediente: M-4261278
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la calidad de los productos siguientes: "Servicios venta al por mayor , al por menor, en comercio y/o a través de redes mundiales de informática de Jamones, lomo, paletas y derivados del cerdo ibérico elaborados y curados" de la clase 35; dado que de acuerdo con la normativa vigente (Real Decreto 4/2014 de 10 de enero por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta, la caña de lomo, el lomo embuchado y el lomo ibéricos) la utilización de la denominación "Dehesa" está reservada exclusivamente para los productos derivados del cerdo ibérico alimentado y manejadoúnicamente en las condiciones descritas por el art.3.1.b).i), en relación con el art. 4.5, del mencionado Real Decreto, es decir, de categoría "de bellota" Esta prohibición podrá subsanarse limitando a "Servicios venta al por mayor , al por menor, en comercio y/o a través de redes mundiales de informática de Jamones, lomo, paletas y derivados del cerdo ibérico de bellota alimentado y manejado de acuerdo con los requisitos legales que permiten utilizar el término "dehesa"
Identificado de publicación: 8295095
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4261278
Fecha de resolución: 20/01/2025
Clases: 35, 43