Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo DARQUIS.
Expediente: M-4357773
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9124167
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4357773
Fecha de resolución: 25/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 42:-"Plata formas digitales para la generación, elaboración, gestión, cálculo y validación normativa de documen tación técnica, certificados, memorias e informes sujetos a normativa, así como para la planificació n, presupuestación, facturación y gestión de actividades de oficina técnica en el ámbito de la edifi cación " es impreciso. Puede quedar definido como:- Plataformas como servicio [PaaS] para la ge neración, elaboración, gestión, cálculo y validación normativa de documentación técnica, certificado s, memorias e informes sujetos a normativa, así como para la planificación, presupuestación, factura ción y gestión de actividades de oficina técnica en el ámbito de la edificación.Apórtese un nuev o listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendr á por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 d el Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servic ios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abona r 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase e n plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar , o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas