Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Cruz griega verde superpuesta por cruz azul en su parte central, puede ostentar o no gota de sangre pendiente de ella. Puede pender o no decinta formada por tercios azul, bandera de España y verde. Puede llevar ribete de color.
Expediente: N-0484355
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8604533
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0484355
Fecha de resolución: 09/06/2025
Irregularidades: Debe aportar el poder acreditativo de la representación con la que actúa. En caso de no subsanar est e defecto, continuará la tramitación eliminándose la representación y continuando el procedimiento c on el solicitante. Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los element os denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo.En caso de no contestar al suspen so se procederá a cambiar de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apre ciar.Debe corregir el apartado "reivindicación de color" indicando exclusivamente los colores qu e se visualizan en el distintivo. Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indic aciones.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsa nando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según estable ce el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados in correctamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "Medallas y diplomas de reconocimiento y mérito" es impreciso. Puede eliminarlo de l listado, o alternativamente puede indicar servicios comprendidos en la clasificación de Niza que t engan una relación directa con los indicados (no se aceptarán servicios que no guarden relación). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo list ado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramie nta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/ini cio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar sub sanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según estab lece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marca s.Por cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la fal ta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa