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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 29 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CRUDO STREETWEAR.


Solicitud de marca suspendida

CRUDO STREETWEAR

Expediente:  M-4325425

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8757621

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4325425

Fecha de resolución:  22/09/2025

Irregularidades:  Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" los correspondientes apellidos y en la casilla "NOMBRE" el nombre del solicitante.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios def inidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "PRENDAS DE VESTIR PARA HOMBRE Y MUJER, CALZADO, GORRAS, SUDADERAS, CAMISETAS, CHAQUETAS Y ACCESORIOS" puede quedar definido como "PRENDAS DE VESTIR; CALZAD O; GORRAS; SUDADERAS; CAMISETAS;CHAQUETAS". Es decir, debe separar los productos con puntos y coma s y eliminar "accesorios".- "SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR Y AL POR MAYOR EN COMERCIOS Y A TRA VES DE REDES MUNDIALES DE INFORMATICA (INTERNET) DE PRENDAS DE VESTIR, CALZADO Y ARTICULOS DE SOMBRE RERIA" pertenece a la CLASE 35.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Re glamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos ac eptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:ht tps://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la t asa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respect o a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que com o contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamen to para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 29/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8757621 

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