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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CRUDO STREETWEAR.


Solicitud de marca suspendida

CRUDO STREETWEAR

Expediente:  M-4323347

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8728906

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4323347

Fecha de resolución:  01/09/2025

Irregularidades:  1.- La representación del signo distintivo solicitado y la casilla "DENOMINACIÓN", ofrecen una dispa ridad que impide su identificación clara y precisa, debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" tran scribiendo los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en la imagen.2.- La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o clasificados ( art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- Debe establecer el listado de productos de la clase 25 separado a través del signo de puntuación ";" y no a través de " ,".- "Accesorios" tiene carácter impreciso, debe establecer con claridad y precisión los productos a solicitar y clasificarlos correctamente, ajustándose a las posiciones de la Clasificación Interna cional de Niza- "Servicios de venta al por menor y al por mayor en comercios y a través de redes m undiales de informática (internet) de prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería" pertene ce a la clase 35Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente.Puede consultar la herr amienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar /inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámi te y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá p or desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad d e la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar sub sanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según estab lece el artículo 9.2 del reglamento para la ejecución de la ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marca s

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 08/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8728906 

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