Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo COSTA DEL SPORT, bajo la titularidad de LORIINI FURNITURE SL.
Expediente: M-4350580
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9045955
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4350580
Fecha de resolución: 20/02/2026
Irregularidades: LA DIRECCIÓN DE SOLICITANTE Y REPRESENTANTE SON INCOMPLETAS. Deben indicar una dirección completa de l solicitante que incluya, al menos, el tipo de vía, nombre y número o la indicación "sin número" o "S/N". No se admite la indicación de un apartado de correos como dirección o domicilio (art. 1.1. b del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).La lista de product os y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciem bre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 16:-" MATERIAL EDITORIAL" es impreciso. Puede eliminarlo del listado o indicar productos relacionados englobados en la clasificac ión de Niza.Clase 41:- "PUBLICACIÓN DIGITAL" debe quedar definido como "publicaciones electr ónicas".- "REVISTAS DIGITALES" debe quedar definido como "Publicación de revistas electrónicas". Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defecto s señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios a fectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva cla se resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicam ente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como co ntestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento p ara la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas