Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de noviembre del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo CORDUBA ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA PRODUCTO DE ESPAÑA ELABORACIÓN EXCLUSIVA PARA ÍTACA RESTAURANTE.
Expediente: N-0438778
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7068252
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0438778
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 25/10/2022
Clases: 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir al público aerror sobre los productos que va a comercializar y su procedencia geográfica. Así, al utilizar el término "Corduba", muy similar a "Córdoba", en la denominación del signo el consumidor puede pensar que el aceite de oliva que comercializa procede de la provincia de Córdoba.Este motivo de suspenso puede subsanarse mediante la presentación de una nueva lista de productos limitando los mismos a: "ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA PARA USO ALIMENTICIO PROCEDENTE DE CÓRDOBA
Motivos: 02) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre