Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de noviembre del 2021 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Copiamostullave.com.
Expediente: N-0426631
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 6500506
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0426631
Fecha de resolución: 16/11/2021
Clases: 37, 40, 45
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo por consistir en una frase slogan ("copiamostullave"), que el consumidor medio percibirá como un simple reclamo publicitario en relación a los servicios reivindicados en las clases 37, 40 y 45, y no como un signo distintivo orientado a identificar un origen empresarial concreto
Motivos: 02) El signo solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibicióndel art. 5.1.c) en relación con el Art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar los servicios para los que se solicita el presente signo, toda vez que el signo se compone de los términos "copiamostullave.com" y se está solicitando para servicios de cerrajería, sin que el signo contenga ningún elemento gráfico o denominativo significativo que le permita superar su carácterexclusivamente descriptivo