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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo COPA CAMPEONES.


Solicitud de marca suspendida

COPA CAMPEONES

Expediente:  M-4347862

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9089135

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4347862

Fecha de resolución:  12/03/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:"servicios de venta a l por menor en línea de diseños y personajes digitales animados y no animados, avatares y superposic iones digitales" clase 35 es impreciso, por lo puede quedar definido como "Servicios de venta al por menor en línea en relación con archivos de imágenes digitales descargables que contienen personajes " clase 35."servicios de entretenimiento, a saber, suministro de un entorno en línea con transmi sión de contenido de entretenimiento y transmisión en vivo de eventos deportivos y de entretenimient o" puede quedar definido como "Transmisión y retransmisión electrónica de eventos de entretenimiento y deportivos en vivo" y pertenece a la clase 38.También puede quedar definido como "Suministro en línea de contenido de entretenimiento y deportivo multimedia" en la clase 41. Apórtese un nue vo listado consignándolo correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su list a de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva cl ase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónica mente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO C ONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9089135 

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