Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 29 de abril del 2019 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo COOL BRANDING.
Expediente: M-3740962
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4988915
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3740962
Fecha de resolución: 23/04/2019
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, debe eliminar por no corresponder a la clase 35 "consultoría en materia de marcas", podrá solicitar en la clase 45 CONSULTORIA EN PROTECCIÓN DE MARCAS, debe eliminar por impreciso en la clase 35 "servicios de desarrollo y ejecución de arquitectura de nombres y marcas comerciales para terceros", podrá solicitar en dicha clase 35 CREACIÓN DE MARCAS. Debe eliminar por no corresponder a la clase 35 "desarrollo de logotipos e identidad corporativa; creación de nombre y de marcas para productos y servicios de terceros" podrá solicitar en la case 42 DISEÑO DE MARCAS. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente por las nuevas clases resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud oel pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)