Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de septiembre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo CONGANCHO.
Expediente: N-0478756
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8730515
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0478756
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 02/09/2025
Clases: 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan decarácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo por consistir en la expresión "con gancho", que es una locución coloquial de uso común en el ámbito lingüístico español, utilizada para aludir a aquello que resulta atractivo, interesante o capaz de captar la atención del público. Aplicada a los servicios de educación, entretenimiento y actividades culturales y deportivas, dicha expresión se percibe únicamente como una alabanza o reclamo promocional de carácter puramente publicitario, carente de originalidad o arbitrariedad suficiente para identificar un origen empresarial concreto. El consumidor medio interpretará la expresión como un mensaje elogioso acerca de la calidad o el atractivo de los servicios ofrecidos, pero no como un signo distintivo que permita diferenciar la prestación de unos operadores respecto de la de otros