Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Comprayconduce.es, bajo la titularidad de VIAN AS AUTOMOBILE SA.
Expediente: M-4353389
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9070371
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4353389
Fecha de resolución: 03/03/2026
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "Cc.es Comprayco nduce.es".La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:en la c lase 35:"Servicio de venta al por mayor y al por menor en comercio y otras redes mundiales de info rmática de todo tipo de vehículos", (todo tipo) se considera impreciso. Podría quedar definido como: "SERVICIO DE VENTA AL POR MAYOR, AL POR MENOR Y A TRAVÉS DE REDES MUNDIALES DE INFORMÁTICA DE VEHÍC ULOS TERRESTRES (MOTORES QUE NO SEAN PARA -) "."Servicios de emisión de franquicias relativas a la ayuda en la explotación o dirección de una empresa comercial dedicada a la venta de automóviles", se considera impreciso. Podría quedar definido como: "SERVICIOS DE ASESORÍA EMPRESARIAL EN MATERIA DE CONCESIÓN DE FRANQUICIAS DE CONCESIONARIOS DE VEHÍCULOS"Apórtese un nuevo listado consignándo los correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y serv icios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsa nase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la /s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este su spenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, l imitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas