Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 22 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo COMIENZO.
Expediente: M-4329318
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8802262
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4329318
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 15/10/2025
Irregularidades: 1.Deben corregir nacionalidad de primer solicitante ya que el documento aportado es un NIE.2. La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrec tamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En con creto:-"servicios de ingeniería e ingeniería económica para la dirección, desarrollo y control de proyectos", debe definirse:SERVICIOS DE INGENIERÍA PARA LA DIRECCIÓN, DESARROLLO Y CONTROL DE PROY ECTOS"en la CLASE 42ANALISIS FINANCIEROS", en la CLASE 36-"consultoría en materia de construcc ión", en la CLASE 37, O bien definirlo:-CONSUTORIA SOBRE ELABORACIÓN DE PLANOS DE CONSTRUCCIÓN", e n CLASE 42- preparación técnica y gestión de proyectos de construcción" debe definirse:ESTUDIO S DE PROYECTOS TÉCNICOS EN MATERIA DE CONSTRUCCIÓN", en la CLASE 42, o bien:SERVICIOS DE GESTION D E PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN", en la CLASE 37-"planificación técnica y desarrollo de obras de con strucción", debe definirse:PLANIFICACION DE PROYECTOS TECNICOS PARA OBRAS DE CONSTRUCCION", en CLA SE 42.-"planificación de inmuebles", debe quedar definido:PREPARACION DE INFORMES RELACIONADOS CON LA PLANIFICACION DE BIENES INMUEBLES" en CLASE 42SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE S USPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se t endrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9 .6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los térm inos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servici os:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action