Información sobre la marca Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid, registro solicitado por la empresa COLEGIO OFICIAL DE BIOLOGOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4034330.
M-4034330
![]() | Expediente OEPM M-4034330 Tipo Figurativa Fecha solicitud 12/09/2019 Estado Vigente |
JORDÁN 8, ESC. INT. 5ª PLANTA28010 MADRID (MADRID)(ES) ESPAÑA
Rojo y blanco
Fecha | Tramitación |
---|---|
2019-09-20 | Efectuado tram. Art.18.4 ley sin detectar anterioridades relevantes. |
2019-09-26 | Publicacion de solicitud. |
2020-03-23 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 16/03/2020 causas del suspenso de fondo: 329. |
2020-03-30 | Contestacion al suspenso publicado el: 23/03/2020. |
2020-04-16 | Publ. Conces. Con modif. De f.Res: 07/04/2020. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid
Expediente: M-4034330
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 5477432
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4034330
Fecha de resolución: 16/03/2020
Clases: 41, 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, debe eliminar por no ajustarse a la clase 41 "actividades para el desarrollo profesional de los biólogos" y la redacción en la clase 42 tampoco se ajusta al CLINMAR. Podrá solicitar en la clase 45 "Representación y asesoramiento jurídicos". Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente si solicita más de dos clases (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts.9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action
La información sobre la marca Colegio Oficial de Biólogos de la Comunidad de Madrid que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.