Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de mayo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Colchón El Artesano.
Expediente: M-4283775
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio. En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la naturaleza y características de los productos que pretende proteger en la clase 20, toda vez que en la denominación solicitada aparece la palabra "Artesano" por lo que evoca o induce a pensarque los productos que se pretenden distinguir con dicha marca han sido elaborados de forma artesanal, pero no se ha especificado esta característica en los mismos. Esta prohibición podrá subsanarse limitando la lista de productos a "Colchones de camas elaborados de forma artesanal".Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8552363
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4283775
Fecha de resolución: 19/05/2025
Clases: 20