Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de mayo del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo COCINAS DE EXTERIOR OUTDOOR KITCHEN.
Expediente: N-0483564
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8558610
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0483564
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 20/05/2025
Irregularidades: 1º -Examinada la instancia de solicitud se constata que en la identificación de los datos del solici tante figura como tal una persona jurídica, sin embargo, en la casilla reservada al apartado nombre se ha consignado nombre y apellidos de una persona física. Si dicha persona física, es el representa nte legal de la persona jurídica no debe de figurar como solicitante. En caso de que esta persona fí sica fuera cotitular junto a la persona jurídica, deberá venir identificada correctamente en el apar tado "Añadir solicitante", rellenando los apellidos y nombre en las casillas correspondientes. 2 º-Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alf anuméricos que aparecen en la imagen del distintivo.3º-El apartado "descripción" es de cumplimen tación facultativa. En caso de indicar una descripción esta debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no pudiéndose incluir otros comentarios.4º- La lista de prod uctos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:"Servicios de instalació n y reparación; cocinas, exterior" son imprecisos, deben ajustarlo a la Clasificación de NizaPue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.action-Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma so lo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas