Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de diciembre del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo COC CLÍNICAS OFTALMOLÓGICAS CENTROFAMA, bajo la titularidad de CLINICA OFTALMOLOGICA CENTROFAMA SL.
Expediente: M-4287801
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: CLINICA OFTALMOLOGICA CENTROFAMA SL
Identificado de publicación: 8252908
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4287801
Fecha de resolución: 12/12/2024
Irregularidades: 1.Apórtese nuevo poder de representación en el que se indique el nombre y cargo de la persona física que firma en nombre de la persona jurídica poderdante. En caso de no subsanar este defecto, se cont inuará la tramitación eliminándose la representación y continuando el procedimiento con el solicitan te (art. 57.3 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas).2.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrect amente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En conc reto:CLASE 35:-"Servicios de venta en comercios y a través de redes mundiales de información d e servicios médicos" puede definirse en esta clase 35: INFORMACION Y ASESORAMIENTO A LOS CONSUMIDORE S SOBRE LA SELECCIÓN DE PRODUCTOS Y ARTICULOS MEDICOS A LA VENTA.O bien poner en la CLASE 44: IN FORMACION SOBRE SERVICIOS MEDICOS.Debe escoger una de las dos. Si opta por las dos opciones debe rá pagar la tasa de modificación.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá p or desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos ac eptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:ht tps://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSu solicitud de registro puede beneficiarse de l a suspensión de plazos administrativos prevista en la Disposición final primera del RDL 6/2024 ,por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA). No obstante, la contestación al presente trámite supondrá para esta Oficina, l a conformidad del interesado en que no se suspenda el plazo e implicará la continuación de la tramit ación de la solicitud."