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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Clipity, bajo la titularidad de HNOS SAM BUA SIAM SL.


Solicitud de marca suspendida

Clipity

Expediente:  M-4327162

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8780883

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4327162

Fecha de resolución:  03/10/2025

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:CLASE 20:-"Accesorios de mobiliario para paneles acústicos", es impreciso. Debe ajustar las definiciones a la clasificación de niza.- "colgadores, ganchos", es impreciso. Según el tipo de gancho o colgador se pueden encuadrar en diferentes clases. En esta clase puede definirlo:COLG ADORES DE ROPA; GANCHOS NO METALICOS PARA MOBILIARIO-"soportes de estantería", debe definirse: SOPORTES NO METÁLICOS DE ESTANTERIA-"estanterías modulares", debe definirse:ESTANTERÍAS MODULA RES [MOBILIARIO]- elementos de fijación diseñados para montarse sin tornillos ni herramientas", debe definirse:ELEMENTOS DE FIJACION DE MATERIAS PLASTICAS PARA MONTARSE SIN TORNILLOS NI HERRAMIE NTAS- artículos de plástico y madera impresos en 3D para instalación sobre superficies de pared" , es impreciso. DEBE AJUSTAR LA DEFINICION A LA CLASIFICACIÓN DE NIZA.CLASE35:-"servicios de c omercio electrónico", debe definirse:SERVICIOS DE GESTION COMERCIAL RELACIONADOS CON EL COMERCIO E LECTRONICO-"gestión de tienda online", debe definirse:GESTION EMPRESARIAL DE TIENDAS EN LINEA SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ART ÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASPor ca da nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Si no se su bsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consigná ndolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 10/10/2025 Tomo: 1 Anuncio:8780883 

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