Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CINTRAQ.
Expediente: M-4359770
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9128739
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4359770
Fecha de resolución: 26/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: en la clase 05:"Co mplementos alimenticios", se considera impreciso. Podría quedar definido como "Preparados de vitamin as como complementos alimenticios". Debe ajustar los productos a la clasificación de Niza."prepa rados minerales", se considera impreciso. Podría quedar definido como "Suplementos minerales". Debe ajustar los productos a la clasificación de Niza.Apórtese un nuevo listado consignándolos correc tamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud ún icamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consul tar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oe pm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá m odificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciemb re, de Marcas