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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Ciberin Foresight.


Solicitud de marca suspendida

Ciberin Foresight

Expediente:  N-0492714

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  9017414

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0492714

Fecha de resolución:  10/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:-"Desarrollo de plataformas digitales y aplicaciones informáticas; servicios de desarrol lo de plataformas digitales y aplicaciones informáticas", ESTÁ REPETIDO. NO REPITA SERVICIOS-" Servicios de inteligencia corporativa y estratégica", IMPRECISO. Debe ajustar las definiciones a la clasificación de niza.-"servicios de análisis de datos, machine learning y modelado predictivo ", DEFINASE:SERVICIOS DE ANALISIS DE DATOS TECNICOS- machine learning y modelado predictivo" , impreciso y no se pueden usar términos en ingles.-"auditorías tecnológicas y de seguridad", DEBE DEFINIRSE:AUDITORIAS DE CALIDAD TECNOLOGICA Y DE SEGURIDAD INFORMATICA-"servicios de co nsultoría en transformación digital e innovación", DEBE DEFINIRSE:SERVICIOS DE CONSULTORIA TECNOLO GICA EN TRANSFORMACION DIGITAL E INNOVACION-"creación y gestión de entornos virtuales y simula dores", DEBE DEFINIRSE:ALOJAMIENTO DE ENTORNOS VIRTUALES", en la CLASE 42SIMULADORES", en la CLA SE 09Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desis tida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tas a.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANAND O LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE E L ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos s eñalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afec tados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de p roductos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 17/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9017414 

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