Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de abril del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo CHURRERÍA LA ARTESANA, bajo la titularidad de CHURRERIA LA ARTESANA PALMA 2025 SL.
Expediente: N-0487325
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: CHURRERIA LA ARTESANA PALMA 2025 SL
Identificado de publicación: 9145598
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0487325
Fecha de resolución: 06/04/2026
Clases: 30
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que está formado por una leyenda que la generalidad del público no identificará como signo ya que las palabras "CHURRERÍA LA ARTESANA" para los productos solicitados en la clase 30 no permiten identificar un concreto origen empresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de términos que hacen referencia genérica a la naturaleza, calidad y características de los productos para los que se solicita el presente signo, sin contener otros elementos que eliminen dicho carácter descriptivo del que adolece el signo propuesto. 03) Asimismo, el nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir alpúblico a error sobre la naturaleza y características de los productos que pretende proteger en la clase 30, toda vez que en la denominación solicitada aparecen las palabras "LA ARTESANA", cuando el origen "artesanal" de los productos incluidos en el listado de productos y servicios para la clase 30 no ha quedado especificado en dicho listado