Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CHOS 'TUDIO.
Expediente: M-4329039
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8798997
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4329039
Fecha de resolución: 14/10/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:Clase 35:- Debe establecer el listado de servicios de la clase 35 separado a través de l signo de puntuación ";" y no a través de ",".-"gestión de redes sociales" Podría quedar definido como "Servicios de publicidad en redes sociales" o "Servicios de redes sociales en línea" que pert enece a la clase 45- "desarrollo de estrategias de comunicación" podría quedar definido como "Cons ultoría sobre estrategias de comunicación [publicidad]"-"eventos" tiene carácter impreciso, debe e stablecer con claridad y precisión los productos a solicitar y clasificarlos correctamente, ajustánd ose a las posiciones de la Clasificación Internacional de Niza. Podría quedar definido como "Organiz ación y realización de eventos promocionales"-"auditorías de marca" podría quedar definido como " Auditorías empresariales sobre marcas"- "consultoría en imagen y posicionamiento de marca" podría quedar definido como "Servicios de posicionamiento de marcas"- "street marketing" tiene carácter i mpreciso, no se admiten expresiones que no sean en castellano. Podría quedar definido como "Publicid ad callejera""representación de marcas" podría quedar definido como "representación comercial de m arcas"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLI NMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.act ionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa. Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del reglamento para la ejecución de la ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas