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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ChatGPT.


Solicitud de marca suspendida

ChatGPT

Expediente:  M-4315138

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8630471

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4315138

Fecha de resolución:  20/06/2025

Irregularidades:  1.Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" SÓLO los correspondientes apellidos y en la casilla "N OMBRE" SÓLO el nombre del solicitante.2.La lista de productos y servicios contiene product os y/o servicios incorrectamente definidos y/o están mal clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"Servicios de desarrollo, implementación y soporte de plataformas de inteligencia artificial" puede quedar definido como "desa rrollo de plataformas de inteligencia artificial; plataformas para inteligencia artificial como soft ware en forma de servicio [SaaS]"-"modelos de lenguaje natural; tecnologías de procesamiento de texto mediante IA; consultoría en ética de la inteligencia artificial; diseño y protección de sistem as digitales aplicados a entornos civiles, educativos y tecnológicos" son imprecisos. Debe redefinir los ateniéndose a las definiciones recogidas en la clasificación de Niza y armonizada que encontrará en nuestra herramienta Clinmar.-"software de conversación automatizada" pertenece a la case 09. Por cada nueva clase resultante deberá abonar . euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se rea lizan electrónicamente.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, pue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma sol o se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir l a solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 27/06/2025 Tomo: 1 Anuncio:8630471 

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