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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CHACON PET SUPPLIES, bajo la titularidad de MASCOTAS DAMA SL.


Solicitud de marca suspendida

CHACON PET SUPPLIES

Expediente:  M-4345772

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9001284

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4345772

Fecha de resolución:  03/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (art . 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-" Correas para mascotas" pertenece a la clase 18.-"bolsos mascotas" pertenecen a la clase 18 y se podría definir como "BOLSOS PARA TRANSPORTAR ANIMALES DOMÉSTICOS".-"Artículos relacionados Masco ta" es muy impreciso. Debe de especificar a qué artículos se refiere, ajustándose a la Clasificación y sin ampliar su solicitud inicial.-"juguetes para mascotas" pertenece a la clase 28 y se debe definir como "JUGUETES PARA ANIMALES DE COMPAÑÍA".-"Accesorios para Mascotas" y "Articulos Anima les de Compañía" son imprecisos, puesto que no indica a qué tipo de accesorios/artículos se refiere. Además, los accesorios/artículos para animales pueden pertenecer a varias clases (18, 20, 21, 28), lo que genera ambigüedad. Debe de concretarse ajustándose a la Clasificación o bien eliminarse.A pórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señ alados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afecta dos (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de p roductos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase re sultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTEST ACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPE NSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA L A EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 10/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9001284 

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