Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 07 de marzo del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo CCG PROCLEAN CONSULTING, bajo la titularidad de MARADO CONSULTING SL.
Expediente: M-3609498
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Titular: MARADO CONSULTING SL
Identificado de publicación: 3656275
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3609498
Fecha de resolución: 01/03/2017
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, "SERVICIOS DE ASESORAMIENTO Y CONSULTORIA EN LA GESTION DE NEGOCIOS Y/O SERVICIOS DE LIMPIEZA" puede solicitarse como: "SERVICIOS DE ASESORAMIENTO Y CONSULTORIA EN LA GESTION DE NEGOCIOS" en la clase 35 y "SERVICIOS DE ASESORAMIENTO Y CONSULTORIA EN MATERIA DE LIMPIEZA" enla clase 37. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial)definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de ......euros por la/s ........ nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente alos productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta depago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitudcon respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)