Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CBCare Elite.
Expediente: M-4347559
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9016715
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4347559
Fecha de resolución: 10/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 05:- Debe redefinirse ajustándose a la Clasificación, ya que esta clase está destinada exclusiv amente a productos, no a servicios.Por ello, debe eliminarse la expresión: "SERVICIOS DE VENTA A L POR MAYOR, AL POR MENOR, EN COMERCIO Y/O A TRAVÉS DE REDES MUNDIALES DE INFORMÁTICA DE".Además, respecto a los productos incluidos:o "vitaminas" podría quedar definido como "PASTILLAS DE VITAM INAS", para ajustarse a la terminología aceptada.o "Extractos vegetales para uso nutricional" no pertenece a la clase 05. Debe definirse como "EXTRACTOS VEGETALES PARA COCINAR" en la clase 29. Pue de solicitar la clase correspondiente o eliminar el término. o "Preparados dietéticos con fines nutricionales" debe de quedar definido como "PREPARACIONES DIETÉTICAS CON FINES NUTRICIONALES", conf orme a la terminología armonizada.Clase 35:El término "Gestión de tiendas online" debe ajust arse a la terminología aceptada, quedando definido como: "GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES EN LÍNEA". Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defecto s señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios a fectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva cla se resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicam ente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CO NTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO P ARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS