Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Cause4All, bajo la titularidad de INART PRODUCCIONES SL.
Expediente: M-4359691
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9135371
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4359691
Fecha de resolución: 30/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 35:-"servic ios de venta al por mayor y al por menor, incluida la venta a través de plataformas digitales y come rcio electrónico, de productos físicos y digitales; comercialización, distribución y promoción de pr oductos físicos y digitales, incluidos artículos promocionales y de merchandising, con fines comerci ales, promocionales y/o solidarios; servicios de gestión, organización y administración de campañas y proyectos de recaudación de fondos para entidades, colectivos y organizaciones". Por un lado, en l o referente a servicios de venta, los productos a vender deben estar englobados en la clasificación de Niza. Por otro lado, el resto de servicios son imprecisos y debe reformularlos según la clasifica ción de Niza, o bien eliminarlos del listado.Clase 42:- "Diseño, desarrollo, implementación y mantenimiento de plataformas digitales y software como servicio (SaaS); Prestación de servicios te cnológicos en línea relacionados con la gestión y administración de campañas y proyectos de recaudac ión colectiva" es impreciso. Debe reformular todos los servicios e incluir términos incluidos en la clasficación de Niza.Debe revisar los productos y/o servicios indicados de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Apórtese un nuevo lis tado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase r esultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente . Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contes tación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el susp enso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas