Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de abril del 2019 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo CASAESTOC, bajo la titularidad de GRUPO ILUMINABLE SL.
Expediente: N-0391318
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 4961367
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0391318
Fecha de resolución: 03/04/2019
Clases: 35
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). las actividades no están correctamente definidas. En concreto para ajsutarse al Nomenclator Internacional deberá expresar como sigue en Cl. 35 " Servicios de venta al por mayor y por menor de equipos domésticos y electrónicos; servicio de venta al por mayor y por menor en comercio y a través de redes internacionales de informática de artículos de bricolaje ( iluminación, electricidad, herramientas, ferretería, jardín, decoración, climatización, oficina)".Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) describiéndolas correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las clases solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que está formado por un término genérico para los servicios que pretende distinguir sin aportar ningún otro detalle con suficiente entidad que pueda diferenciar en el mercado los precitados servicios de los de otro origen empesarial
Motivos: 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del artº 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar las características de los servicios que pretende distinguir sin aportar ningún otro detalle con suficiente entidad que pueda diferenciar en el mercado los precitados servicios de los de otro origen empresarial