Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de abril del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo casa acantilado.
Expediente: N-0487664
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9173141
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0487664
Fecha de resolución: 17/04/2026
Clases: 35, 36, 41, 43
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades de "servicios inmobiliarios" de la clase 36 y "hospedaje temporal" de la clase 43, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vezque el signo se compone exclusivamente de una indicación genérica y descriptiva de dichas actividades, pero no identifica de manera única el origen comercial. En consecuencia, el consumidor medio de las actividades solicitadas no percibirá el signo como un signo capaz de distinguir un origen empresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades de "servicios inmobiliarios" de la clase 36 y "hospedaje temporal" de la clase 43, en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir enel comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedenciageográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas del tipo o ubicación del alojamiento del hospedaje temporal o de las viviendas de los servicios inmobiliarios. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado