Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de septiembre del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo CÁRNICAS GÁLLEGO CALIDAD CÁRNICA ARAGÓN 1945, bajo la titularidad de CARNICAS GALLEGO SA.
Expediente: M-4329827
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: CARNICAS GALLEGO SA
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para las clases 29, 35 y 39, en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error al pensar en dos posibles orígenes geográficos de los productos, que son incompatibles entre sí, toda vez que el distintivo incluye los términos "Gallego" y "Aragón". 02) La marca solicitada se halla incursa, para las clases 29, 35 y 39, en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos excluidos de registro en virtud de la legislación nacional o de la Unión o por acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión o el Estado español, que confieranprotección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas.En concreto, el signo solicitadoestá excluido del registro en virtud del art. 26.1 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, que confiere protección a las denominaciones de origen eindicaciones geográficas, toda vez que el signo incluye en su denominación el término "Gállego" queevoca las Indicaciones Geográficas Protegidas de "Vaca Gallega-Buey Gallego", "Ternera Gallega" y "Lacón Gallego" sin que se haya indicado expresamente en el listado de productos y servicios que losproductos están amparados por las mencionadas IGP. Asimismo, la marca incluye en su denominación eltérmino "Aragón", que forma parte de la IGP "Ternasco de Aragón", sin que se haya indicado expresamente en el listado de productos y servicios que los productos están amparados por la mencionada IGP.En el caso de que los productos solicitados en la clase 29, y cuya venta y empaquetado se solicitaen las clases 35 y 39, estén amparados por alguna de las mencionadas IGP, deberá presentar nuevo listado en el que está condición se declare de forma expresa. Tenga en cuenta que el origen aragonés de los productos es directamente incompatible con la posibilidad de que los productos estén amparadospor las distintas IGP que protegen productos gallegos. 03) POR OPOSICION BASADA EN:- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.- Articulo 9.3. de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
Identificado de publicación: 9423690
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4329827
Fecha de resolución: 08/09/2026
Clases: 29, 35, 39, 40