Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 07 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CARBEL MUEBLES Y DESCANSO.
Expediente: N-0495804
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9132605
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0495804
Fecha de resolución: 27/03/2026
Irregularidades: 1.La DENOMINACIÓN debe ser coincidente con los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo aportado no aparece la denominación. Puede incluirla en el distin tivo, sin que ello suponga una modificación sustancial del distintivo solicitado. RECUERDE: Puede i ncluir la denominación en el distintivo aportado pero sin cambiar el mismo.2.Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que apar ecen en el distintivo. (en el sillón se observa una C)3.Debe corregir el apartado "reivindicac ión de color" indicando todos los colores que se visualizan en el distintivo. Este apartado es facul tativo por lo que puede eliminar estas indicaciones.4.La lista de productos y servicios adolec e de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art. 3.3 de su Reglamento). En concreto: -"mobiliario en general", ES IMPRECISO y no puede utilizar e l término EN GENERAL. Consulte clasificación de niza. Puede definirlo:MOBILIARIO DOMESTICO SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍ CULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS.Apór tese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señala dos se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de produc tos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resulta nte deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si n o se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase /s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa