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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de diciembre del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo CAMPOCEREZO.


Suspenso de fondo de marca

CAMPOCEREZO

Expediente:  M-4249420

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la naturaleza, la calidad y la procedencia geográfica de los productos solicitados toda vez que el distintivo contiene los términos " CARNE DE RAZA PURA ALISTANA SANABRESA " y se está solicitando para "Carne, pescado, carne de ave y carne de caza" en general sin especificar que dicha carnees carne bovina de raza Alistana-Sanabresa autóctona de las comarcas de Aliste y Sanabria, en la provincia de Zamora. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos excluidos de registro en virtud de la legislación nacional o de la Unión o por acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión o el Estado español, que confieran protección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas.En concreto, el signo solicitado está excluido de registro envirtud del art. 26.1 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que el signo se está solicitando para carne y extractos de carne en general e incluye en su denominación el gentilicio "alistana", que refiere a Aliste, siendo la "Ternera de Aliste" una indicación geográfica protegida (IGP) de carne de ternera.Ambas prohibiciones podrán subsanarse limitando losproductos de la clase 29 a "CARNE Y EXTRACTOS DE CARNE BOVINA DE RAZA PURA ALISTANA SANABRESAAMPARADA POR LA IGP "TERNERA DE ALISTE". 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

Identificado de publicación:  8256886

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4249420

Fecha de resolución:  16/12/2024

Clases:  29

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 23/12/2024 Tomo: 1 Anuncio:8256886 

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