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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Campista.


Solicitud de marca suspendida

Campista

Expediente:  M-4347293

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9072464

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4347293

Fecha de resolución:  04/03/2026

Irregularidades:  1.-Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o al fanuméricos que aparecen en el distintivo. En caso de que dichos elementos sean gráficos de fantasía , deberá hacerlo constar así en el apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA".2.-El apartado "DE SCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las características del disti ntivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/20 01, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cumplimentación facultativa, por lo que puede eliminar estas indicaciones.3.-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). E n concreto: -"Sistema wifi para anclaje de patas de caravanas; Sistema wifi para automatizar pue rtas y ventanas; Sistema wifi para el monitoreo total de una caravana"-""Wi-Fi" es marca registr ada, por lo que no se puede incluir en la lista Puede quedar definido y clasificado como "Tr ansmisores y receptores inalámbricos para anclaje de patas de caravanas; Transmisores y receptores i nalámbricos para automatizar puertas y ventanas; Transmisores y receptores inalámbricos para el moni toreo total de una caravana" y pertenece a la clase 09. Apórtese un nuevo listado consignánd olos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la s olicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abona do la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la sol icitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 11/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9072464 

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