Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Campista.
Expediente: M-4347293
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9072464
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4347293
Fecha de resolución: 04/03/2026
Irregularidades: 1.-Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o al fanuméricos que aparecen en el distintivo. En caso de que dichos elementos sean gráficos de fantasía , deberá hacerlo constar así en el apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA".2.-El apartado "DE SCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las características del disti ntivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/20 01, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cumplimentación facultativa, por lo que puede eliminar estas indicaciones.3.-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). E n concreto: -"Sistema wifi para anclaje de patas de caravanas; Sistema wifi para automatizar pue rtas y ventanas; Sistema wifi para el monitoreo total de una caravana"-""Wi-Fi" es marca registr ada, por lo que no se puede incluir en la lista Puede quedar definido y clasificado como "Tr ansmisores y receptores inalámbricos para anclaje de patas de caravanas; Transmisores y receptores i nalámbricos para automatizar puertas y ventanas; Transmisores y receptores inalámbricos para el moni toreo total de una caravana" y pertenece a la clase 09. Apórtese un nuevo listado consignánd olos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la s olicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abona do la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la sol icitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas