Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 22 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CÁMARAS DE LA PROPIEDAD URBANA DE CASTILLA Y LEÓN CONSEJO GENERAL.
Expediente: M-4325753
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8801578
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4325753
Fecha de resolución: 15/10/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). Se aprecia error de transcripción En concreto: En la clase 36 " SERVICIOS PRESTADOS EN LOS NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS Y LOS SERVICIOS PRESTADO S EN RELACION CON CONTRATOS DE SEGUROS SERVICIOS INMOBILIARIOS; ASESORAMIENTO E INFORMACIONES EN MAT ERIAS FINANCIERAS Y FISCAL, SERVICIOS DE EVALUACION, INFORMACION Y CONSULTAS EN MATERIA DE SUBVENCIO NES, SERVICIOS DE PERITAJES FISCALES; SERVICIOS DE NEGOCIOS FINANCIEROS, INMOBILIARIOS, MONETARIOS, SERVICIOS DE CONSULTAS, ASESORAMIENTO E INFORMACIONES EN MATERIAS FINANCIERAS Y FISCAL, SERVICIOS DE EVALUACION, INFORMACION Y CONSULTAS EN MATERIA DE SUBVENCIONES, SERVICIOS DE PERITAJES FISCALES" -Los distintos servicios deben ir separados por; (punto y coma ) en el listado de productos y serv iciosEn la clase 45 La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisi ón (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento) En concreto: "SERVICIOS PERSON ALES Y SOCIALES PRESTADOS POR TERCEROS DESTINADOS ASATISFACER NECESIDADES INDIVIDUALES"no son acep tables por imprecisos debe eliminarlo de la lista de productos y servicios.Apórtese un nuevo lis tado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista d e productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Si no s e subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respect o a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Se recuerda que como contest ación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspe nso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para l a ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas