Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 30 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo cadstream, bajo la titularidad de CADSTREAM SL.
Expediente: M-4315301
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8633373
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315301
Fecha de resolución: 23/06/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene casi todos sus productos y/o servicios incorrectamente de finidos y/o clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su R eglamento).En concreto:Distribución de programas informáticos de gestión de ciclo de vida del pr oducto (PLM) y gestión de datos de producto (PDM); Distribución de programas informáticos de diseño, fabricación e ingeniería asistida por ordenador (CAD/CAM/CAE); Servicios de formación de programas informáticos de diseño, fabricación e ingeniería asistida por ordenador (CAD/CAM/CAE); Servicios de formación de programas informáticos de gestión de ciclo de vida del producto (PLM) y gestión de dato s de producto (PDM); Servicios de consultoría de programas informáticos de gestión de ciclo de vida del producto (PLM) y gestión de datos de producto (PDM); Servicios de consultoría de programas infor máticos de diseño, fabricación e ingeniería asistida por ordenador (CAD/CAM/CAE)", ES IMPRECISO, MAL DEFINIDO E INCORRECTAMENTE CLASIFICADO.Debe contestar al presente suspenso con un nuevo listado de productos/servicios revisando previamente su clasificación en nuestra herramienta Clinmar y ajus tando su definición a la que encontrará en dicha herramientaSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RET IRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUC IÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalado s se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados ( art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar lo s términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y s ervicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action