Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 29 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo CachopoBurger.
Expediente: M-4329445
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8815255
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4329445
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 22/10/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:CLASE 29:-"preparaciones de pollo y cerdo congeladas" debe quedar definido como "pla tos preparados congelados que consisten principalmente en pollo y cerdo".-"productos precocinado s listos para el consumo" debe definirse como "platos precocinados listos para el consumo".CLA SE 30: -"productos rebozados o empanados;" es impreciso. Puede redefinirse como "mezclas de empa nar sazonadas para freír".-"acompañamientos alimentarios de base vegetal o farinácea" son impre cisos. Debe eliminarlo o redefinirlo ATENIÉNDOSE a las definiciones recogidas en la clasificación de Niza y armonizada que encontrará en nuestra herramienta Clinmar.-"preparados listos para freír o calentar" está mal definido y clasificado. Puede redefinirse como "platos precocinados listos para freír o calentar" y pertenece a la clase 29.CLASE 43:-"franquicias de restauración; ser vicios de obrador" son imprecisos. Debe eliminarlos o redefinirlos ATENIÉNDOSE a las definiciones r ecogidas en la clasificación de Niza y armonizada que encontrará en nuestra herramienta Clinmar. -Debe eliminar la expresión "para venta a distancia" por resultar imprecisa.-"Explotación de est ablecimientos de comida para llevar o consumo in situ; gestión de establecimientos de comida rápida y temática" deben definirse como "explotación de negocios de comida para llevar o consumo in situ; g estión de restaurantes de comida rápida y temática" y pertenece a la clase 35.Por cada nueva c lase resultante deberá abonar . euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamen te.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únic amente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuev o listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la he rramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinm ar/inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFIC AR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS