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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de noviembre del 2021 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo BUENACARNE, bajo la titularidad de DCJ BUENA CARNE SL.


Suspenso de fondo de marca

BUENACARNE

Expediente:  N-0426303

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Titular:  DCJ BUENA CARNE SL

Identificado de publicación:  6472986

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0426303

Fecha de resolución:  03/11/2021

Clases:  29

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo, toda vez que consiste en una denominación que no permite al consumidor identificar los productos que se pretenden distinguir con dicho signo con una concreta procedencia empresarial

Motivos:  02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza y calidad de los productos para los que se solicita el presente nombre comercial, toda vez que éste consiste únicamente en una leyenda compuesta por vocablos genéricos/descriptivos, "Buena carne", respecto a los servicios solicitados, no constando de ningún otro elemento de fantasía o grafía que permita distinguir los servicios de una empresa de los de otra

Motivos:  03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir al público aerror sobre la naturaleza de los productos solicitados en la clase 30 y que se pretenden distinguircon el presente nombre comercial, toda vez que en consta el vocablo "Carne", evocando un producto concreto, sin embargo se ha solicitado de forma general todos los productos de la clase 30. Esta prohibición podrá subsanarse, aportando nueva Lista de productos y servicios, limitando los productos de dicha clase a "Carne, carne de ave y carne de caza; extractos de carne"

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 11/11/2021 Tomo: 1 Anuncio:6472986 

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