Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 22 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo BRIKO.
Expediente: M-4359250
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9164814
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4359250
Fecha de resolución: 15/04/2026
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "BRIKO BUILD YOU R HOOKAH".La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente def inidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En conc reto:- "artículos para fumadores, en concreto pipas de agua y sus partes y accesorios" debe qued ar definido como "ARTÍCULOS PARA FUMADORES, EN CONCRETO PIPAS DE AGUA Y SUS PARTES COMPONENTES (MÁST ILES, CUERPOS, COLUMNAS, DIFUSORES Y COMPONENTES ESTRUCTURALES)".-Debe de eliminar "mástiles, cu erpos, columnas, difusores y componentes estructurales de pipas de agua" puesto que ya hemos incluid o en el primer apartado.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsana sen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los p roductos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMA R para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.acti onPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa. SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS D EFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍC ULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS