Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 18 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo BRAVOLÉ IBÉRICOS.
Expediente: M-4315966
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la calidad, naturaleza o composición de los productos solicitados, dado que, de acuerdo con lanormativa vigente (Real Decreto 4/2014 de 10 de enero por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta, la caña de lomo, el lomo embuchado y el lomo ibéricos), la utilización de la denominación "ibérico" está reservada exclusivamente para los productos derivados del cerdo cuya raza cumple con las características del art. 3.1.c) del mencionado Real Decreto. Este motivo de suspenso puede subsanarse mediante la presentación de una limitación de los productos solicitados "CAÑA DE LOMO Y LOMO EMBUCHADO DERIVADOS DEL CERDO IBÉRICO", a cuyos efectos deberá aportar la hoja correspondiente de la instancia de solicitud, debidamente modificada
Identificado de publicación: 9019554
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4315966
Fecha de resolución: 11/02/2026
Clases: 29