Cargando...

Información sobre el nombre comercial Bocados que guardan la memoria de Antequera. Amasados uno a uno. Pilar Aguilera OBRADOR SAN PANCRACIO con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas N-0460556.

Marca
Bocados que guardan la memoria de Antequera. Amasados uno a uno. Pilar Aguilera OBRADOR SAN PANCRACIO

N-0460556

Titular
Nombre

Persona física. Consultar en la OEPM

Colores reivindicados

Dorado

Productos o servicios solicitados según clasificación NIZA
  • 30 CAFE, TE, CACAO Y SUS SUCEDANEOS; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; TAPICA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PATELERIA Y CONFITERIA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HELADOS AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, PRODUCTO PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTROS CONDIENTOS; HIELO; (MANTECADOS Y POLVORONES PROCEDENTES DE ANTEQUERA)
Elementos figurativos de la marca según la clasificación de Viena
  • 27.05.09 Secuencia de letras con grafismos diferentes
  • 27.05.10 Secuencia de letras con dimensiones diferentes
  • 27.05.13 Letras con forma de firma, firmas ilegibles
  • 27.05.17 Letras en caracteres gruesos
  • 29.01.02 Amarillo, oro
Tramitaciones realizadas
FechaTramitación
2023-12-18 Comunicacion a titulares derechos anteriores (art.18,4lm): M2680136 PANCRACIO .
2023-12-26 Publicacion de solicitud.
2024-01-10 Observaciones de terceros basadas en el: art.5.1 g,h;.


Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre el nombre comercial Bocados que guardan la memoria de Antequera. Amasados uno a uno. Pilar Aguilera OBRADOR SAN PANCRACIO

Mostrar Filtros

  • Concesión total/parcial de marca

    Expediente:  N-0460556

    Tipo Marca:  Figurativa

    Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

    Identificado de publicación:  8036762

    Modalidad del signo distintivo:  N

    Número de solicitud:  0460556

    Fecha resolución concesión:  18/07/2024

    Fecha publicación de la solicitud:  26/12/2023

    Clases con limitación:  30-CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUS SUCEDÁNEOS; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN AMPARADO POR LA IGP "MOLLETE DE ANTEQUERA"; PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, PRODUCTOS PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS; HIELO; MANTECADOS Y POLVORONES. TODOS LOS ANTERIORES PROCEDENTES DE ANTEQUERA

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 26/07/2024. Núm. 8036762. Tomo: 1 Anuncio:8036762 
  • Suspenso de fondo de marca

    Expediente:  N-0460556

    Tipo Marca:  Figurativa

    Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

    Identificado de publicación:  7983158

    Modalidad del signo distintivo:  N

    Número de solicitud:  0460556

    Fecha de resolución:  14/06/2024

    Clases:  30

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, elsigno solicitado puede inducir al público a error acerca de la procedencia geográfica de los productos de la clase 30 amparados bajo el signo solicitado, toda vez que contiene la expresión "DE ANTEQUERA", sin que tal condición haya sido reflejada en la lista de productos. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los productos "pan", su uso como ingrediente y cualquier producto comparable, de la clase 30 solicitada, en la prohibición del art. 5.1.h) enrelación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos excluidos de registro en virtud de la legislación nacional o de la Unión o por acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión o el Estado español, que confieran protección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas.En concreto, el signo solicitado está excluido del registro en virtud del art. 26 del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril, que contempla el uso del alimento como ingrediente, y, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que la denominación solicitada contiene los términos "DE ANTEQUERA", avocando así la IGP MOLLETE DE ANTEQUERA, sin que se haya limitado la lista de productos en el sentido de indicar que los mismos están amparados por la citada IGP.Para subsanarlas prohibiciones anteriores tiene dos opciones:Limitando la lista solicitada a:-Café, té, cacao y sus sucedáneos; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparacionesa base de cereales; pan amparado por la IGP "Mollete de Antequera"; productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas yotros condimentos; hielo; mantecados y polvorones. Todos los anteriores procedentes de Antequera. O bien eliminar el pan, su uso como ingrediente y los productos comparables de la lista solicitada, que quedaría así:-Café, té, cacao y sus sucedáneos; arroz, pastas alimenticias y fideos; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; productos de pastelería y confitería; chocolate; helados cremosos, sorbetes y otros helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, productos para sazonar, especias, hierbas en conserva; vinagre, salsas y otros condimentos; hielo; mantecados y polvorones. Todos los anteriores procedentes de Antequera. Se excluyeexpresamente el pan, los productos comparables y su uso como ingrediente. Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos solicitados (en formulario oficial) con la limitación requerida 03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- TITULAR: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 21/06/2024. Núm. 7983158. Tomo: 1 Anuncio:7983158 
  • Solicitud de registro de marca

    Expediente:  N-0460556

    Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

    Identificado de publicación:  7690210

    Modalidad del signo distintivo:  N

    Número de solicitud:  0460556

    Fecha de desposito regular:  05/10/2023

    Tipo de signo distintivo:  F

    Denominación:  Bocados que guardan la memoria de Antequera. Amasados uno a uno. Pilar Aguilera OBRADOR SAN PANCRACIO

    Clasificación de elementos figurativos:  270509270510270513270517290102

    Productos/Servicios o Activadades según la clasificación de Viena:  30-CAFE, TE, CACAO Y SUS SUCEDANEOS; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; TAPIOCA Y SAGU; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA Y CONFITERIA; CHOCOLATE; HELADOS CREMOSOS, SORBETES Y OTROS HELADOS; AZUCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL, PRODUCTOS PARA SAZONAR, ESPECIAS, HIERBAS EN CONSERVA; VINAGRE, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS; HIELO; (MANTECADOS Y POLVORONES PROCEDENTES DE ANTEQUERA)

    Colores indicados:  DORADO

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 26/12/2023. Núm. 7690210. Tomo: 1 Anuncio:7690210 

La información sobre el nombre comercial Bocados que guardan la memoria de Antequera. Amasados uno a uno. Pilar Aguilera OBRADOR SAN PANCRACIO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.