Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 18 de marzo del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Blockchain White Hackers.
Expediente: N-0458027
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7808269
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0458027
Fecha de resolución: 11/03/2024
Clases: 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo por consistir en una denominación descriptiva de las actividades reivindicadas, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 02) El signo solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibicióndel art. 5.1.d) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto de signos o indicaciones que se hayan convertido en habituales en el lenguaje común o en las costumbres leales y constantes del comercio para designar los servicios reivindicados, toda vez que "Blockchain", es un tipo de tecnología de registro distribuido que permite la creación de una base de datos compartida y descentralizada y "White Hackers" hace referencia a un tipo de hacker que utiliza sus habilidades de piratería informática de manera ética y legal, siendo términos quese han convertido en habituales en el sector digital, en concreto en los mercados virtuales