Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Bite.
Expediente: M-4344558
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8998049
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4344558
Fecha de resolución: 02/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:CLASE 3 0:-"Brownie". Para ajustarlo a la clasificación de niza debe quedar definido:PREPARADOS PARA BRO WNIES (BIZCOCHOS DE CHOCOLATE Y NUECES)-"blondies", ESTE TÉRMINO no se encuentra en la clasifi cación de niza, por lo que debe eliminarlo del listado-"mezclas y preparaciones para productos de panadería y repostería", DEBE DEFINIRSE:MEZCLAS PARA HACER PRODUCTOS DE PANADERÍA Y REPOSTERÍA -"cafe, te, cacao y sus sucedaneos; pan, productos de pasteleria y confiteria" APARECE REPETID O EN EL ENUNCIADO. NO SE PUEDEN REPETIR PRODUCTOS.CLASE 35:-"gestión de pedidos a través de plataformas digitales", DEBE DEFINIRSE:PROCESAMIENTO ELECTRONICO DE PEDIDOS-"comercializació n directa de productos propios de repostería y cafetería" debe definirse:SERVICIOS DE VENTA AL POR MENOR Y/O AL POR MAYOR EN COMERCIO DE PRODUCTOS DE REPOSTERIA."cafetería", es un servicio y y a está reflejado en la clase 43 por lo que debe eliminarlo de la clase 35.CLASE 43:-"Servi cios de cafetería, panadería, pastelería y restauración" DEBE QEUDAR DEFINIDO:SERVICIOS DE CAFETER IA; SERVICIOS DE RESTAURACION [ALIMENTACION]Panaderia y pasteleria, no se pueden incluir como un servicio.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN E STABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE M ARCASApórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o serv icios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action