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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de marzo del 2023 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo BIOSBARDOS.


Suspenso de fondo de marca

BIOSBARDOS

Expediente:  M-4181121

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  7282445

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4181121

Fecha de resolución:  16/03/2023

Clases:  33

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) El signo solicitado se halla incurso, para los productos "BEBIDAS ALCOHOLICAS, EXCEPTO CERVEZAS; PREPARACIONES ALCOHOLICAS PARA ELABORAR BEBIDAS" de la clase 33 ,en la prohibición del artículo 5.1.f) de la Ley 17/2001 de 7 de diciembre, de Marcas, por ser contrario al art. 30 del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica yetiquetado de los productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco" o "bio", para identificar la producción ecológica. En consecuencia, podrá subsanar el defecto señalado presentando una nueva lista de productos indicando que "todos los productos anteriores han sido obtenidos por métodos de producción ecológica, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018" o eliminando tales productos de la lista

Motivos:  02) El signo solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de los productos solicitados, toda vez que la denominación incluye la abreviatura "BIO", mientras que el signo se está solicitando para "BEBIDAS ALCOHOLICAS, EXCEPTO CERVEZAS; PREPARACIONES ALCOHOLICAS PARA ELABORAR BEBIDAS" en general, sin especificar que estos han sido obtenidos por métodos de producción ecológica. La forma de subsanar esta prohibición es la misma indicada parala prohibición del art. 5.1.f), señalada en el párrafo anterior

Motivos:  03) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/de-bardos/oepm/m-2603993" title="Detalle de la marca DE BARDOS">DE BARDOS</a>DE BARDOS (DEN.)- <a href="/distintivo/bardos/oepm/m-3656086" title="Detalle de la marca BARDOS">BARDOS</a>BARDOS (DEN.)- <a href="/distintivo/a-01786725/oepm/a-01786725" title="Detalle de la marca A-01786725">A-01786725</a>2BARDOS ROMÁNTICA (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 33- <a href="/distintivo/a-01786725/oepm/a-01786725" title="Detalle de la marca A-01786725">A-01786725</a>4BARDOS MÍTICA (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 33- <a href="/distintivo/a-01786725/oepm/a-01786725" title="Detalle de la marca A-01786725">A-01786725</a>5BARDOS SUPREMA (DEN.) en relación con las clases solicitadas: 33

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 24/03/2023 Tomo: 1 Anuncio:7282445 

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