Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de marzo del 2023 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo BIOMAP, bajo la titularidad de LABORATORIOS FARMACEUTICOS ROVI SA.
Expediente: M-4200522
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 7238065
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4200522
Fecha de resolución: 22/02/2023
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr
Irregularidades: ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "los s
Irregularidades: ervicios anteriormente mencionados, en particular aplicados a la gestión comercial de proyectos rela
Irregularidades: cionados con la investigación, el desarrollo y la comercialización de proyectos de investigación" pu
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Irregularidades: pertenece a la clase 35. - "servicios de gestión de proyectos, en particular orientados hacia l
Irregularidades: a investigación y desarrollo en el ámbito de proyectos de investigación" puede quedar definido como:
Irregularidades: "Servicios de investigación y desarrollo" y pertenece a la clase 42.- "servicios de asociaci
Irregularidades: ón del tipo de un centro de intercambio de información general y para promover los intereses de las
Irregularidades: empresas del sector biofarmacéutico, fabricantes y proveedores" es impreciso y puede quedar definido
Irregularidades: como:"Servicios de información comercial en el ámbito biofarmacéutico" y pertenece a la clase 3
Irregularidades: 5.El resto de servicios están correctamente definidos y clasificados.Puede consultar la herr
Irregularidades: amienta CLINMAR para corregir los servicios y/o productos afectados: https://consultas2.oepm.es/clin
Irregularidades: mar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17)
Irregularidades: Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicament
Irregularidades: e respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento)